VERI*FACTU se retrasa hasta octubre de 2028

VERI*FACTU se retrasa hasta octubre de 2028: Hacienda amplía dos años el plazo para adaptar los sistemas de facturación

El calendario de implantación de VERI*FACTU vuelve a cambiar. El Ministerio de Hacienda ha anunciado el aplazamiento hasta octubre de 2028 de las obligaciones pendientes relacionadas con los sistemas informáticos de facturación regulados por el Real Decreto 1007/2023. El objetivo es hacer coincidir su implantación con la entrada en vigor de la factura electrónica obligatoria para empresarios y profesionales.

La medida supone ampliar en aproximadamente dos años el plazo que tenían previsto autónomos, empresas y otros obligados tributarios para adaptar sus sistemas informáticos de facturación a los requisitos establecidos por la normativa.

¿Qué ha anunciado Hacienda sobre VERI*FACTU?

El Ministerio de Hacienda comunicó el 5 de octubre de 2026 su intención de modificar nuevamente el calendario de aplicación del Reglamento de sistemas informáticos de facturación.

Hasta ahora, después de los últimos cambios normativos, las fechas previstas eran el 1 de enero de 2027 para las entidades que tributan por el Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de empresarios y profesionales afectados.

Con el nuevo anuncio, Hacienda plantea trasladar las obligaciones pendientes de aplicación del Real Decreto 1007/2023 hasta octubre de 2028.

La finalidad declarada por el Ministerio es coordinar los calendarios de VERI*FACTU y de la factura electrónica obligatoria, buscando una mayor convergencia tanto desde el punto de vista normativo como técnico.

No obstante, es importante precisar que, a fecha de esta información, se trata de un aplazamiento anunciado por Hacienda cuya efectividad debe quedar recogida en la correspondiente modificación normativa. La Agencia Tributaria ya informa de esta previsión en su apartado específico sobre sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU.

¿Cuáles eran las fechas previstas y cuál sería el nuevo calendario?

El calendario que estaba vigente tras la última modificación establecía dos fechas diferentes:

  • 1 de enero de 2027: para las entidades que presentan el Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2027: para el resto de empresarios y profesionales obligados.

El nuevo calendario anunciado por Hacienda trasladaría las obligaciones pendientes hasta octubre de 2028, con la intención de hacerlas coincidir con la implantación de la factura electrónica obligatoria para empresarios y profesionales cuya facturación anual no supere los 8 millones de euros.

Por tanto, el aplazamiento proporciona un margen adicional de tiempo para adaptar los sistemas y programas utilizados en los procesos de facturación.

VERI*FACTU y factura electrónica no son lo mismo

Aunque ambas medidas están relacionadas con la digitalización de la facturación, VERI*FACTU y la factura electrónica obligatoria responden a obligaciones diferentes.

El Reglamento de sistemas informáticos de facturación establece requisitos destinados a garantizar características como la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación.

La factura electrónica obligatoria, por su parte, regula la utilización de la factura electrónica en las relaciones entre empresarios y profesionales y contempla un sistema específico de intercambio y gestión de estas facturas.

Por ello, el aplazamiento de VERI*FACTU no significa que desaparezca la obligación ni que las empresas puedan olvidarse de los cambios relacionados con la facturación digital. El objetivo de Hacienda es precisamente coordinar ambos procesos para evitar que las empresas tengan que afrontar adaptaciones tecnológicas independientes en un periodo reducido de tiempo.

Hacienda también prevé adaptar el sistema a los futuros requisitos europeos

El Ministerio ha señalado que, una vez aprobada la modificación de los calendarios, se abordarán cambios destinados a conseguir una mayor convergencia entre los ámbitos de aplicación y determinados aspectos técnicos de la normativa.

En este proceso también se tendrán en cuenta los futuros requisitos de reporte digital derivados de ViDA, la iniciativa europea destinada a modernizar y digitalizar el sistema del IVA.

Hacienda mantiene, en cualquier caso, que las exigencias relativas a la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación continuarán manteniéndose en términos sustancialmente equivalentes a los establecidos actualmente.

¿Qué supone el aplazamiento para autónomos y empresas?

El principal efecto inmediato es la ampliación del plazo disponible para adaptar los sistemas informáticos de facturación.

Esto permitirá a autónomos y empresas disponer de más tiempo para revisar el programa que utilizan actualmente, comprobar si cumple los requisitos establecidos por la normativa y valorar las adaptaciones necesarias.

También será importante diferenciar entre quienes ya hayan realizado inversiones o adaptaciones para cumplir con el calendario anterior y quienes todavía no hayan iniciado el proceso. El nuevo escenario permitirá planificar la transición teniendo en cuenta la futura implantación conjunta de diferentes obligaciones relacionadas con la facturación digital.

Sin embargo, disponer de más tiempo no significa que desaparezca la necesidad de adaptación. El Reglamento de sistemas informáticos de facturación continúa formando parte del proceso de transformación digital de las obligaciones de facturación y Hacienda mantiene sus requisitos técnicos fundamentales.

Un cambio relevante también para Canarias

El anuncio afecta al marco estatal de los sistemas informáticos de facturación y, por tanto, resulta de interés para empresas y profesionales de Canarias que estén dentro de su ámbito de aplicación.

En Canarias existe además un contexto fiscal específico debido a la aplicación del IGIC en lugar del IVA, por lo que es especialmente importante analizar cada situación concreta y no trasladar automáticamente las reglas del territorio peninsular a todas las actividades desarrolladas en las islas.

La adaptación de los sistemas de facturación debe realizarse atendiendo a las obligaciones que correspondan a cada empresario o profesional y a las características de su actividad.

¿Hay que hacer algo ahora?

Aunque el nuevo plazo proporciona mayor margen, no es recomendable interpretar el aplazamiento como la desaparición de la obligación.

Las empresas y autónomos pueden aprovechar este periodo para revisar sus sistemas de facturación, consultar con sus proveedores de software cuáles serán las adaptaciones necesarias y planificar los cambios con suficiente antelación.

Además, habrá que permanecer atentos a la publicación de la modificación normativa que convierta en definitivo el nuevo calendario anunciado por Hacienda, así como a los futuros desarrollos relacionados con la factura electrónica y con los requisitos europeos de reporte digital.

Desde Apolinar Asesores seguiremos informando de las novedades que afecten a autónomos y empresas. Nuestro equipo puede ayudarte a analizar cómo afectan estos cambios a tu actividad y a planificar la adaptación de tus sistemas de facturación, dentro de nuestros servicios de asesoría fiscal, asesoría contable y asesoramiento para empresas y autónomos en Canarias.

Fuentes

  • Ministerio de Hacienda. Nota informativa de 5 de octubre de 2026 sobre la previsión de modificación de los plazos de aplicación del Reglamento de sistemas informáticos de facturación.
  • Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Información sobre Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) y VERI*FACTU.
  • Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Nota informativa sobre la ampliación del plazo de adaptación de los sistemas informáticos de facturación.
  • BOE. Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, sobre la solución pública de facturación electrónica.
  • elDiario.es. Información sobre el aplazamiento de VERI*FACTU hasta octubre de 2028, publicada el 5 de octubre de 2026.
  • Heraldo de Aragón / EFE. Información sobre el nuevo calendario de VERI*FACTU y su coordinación con la factura electrónica, publicada el 5 de octubre de 2026.

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Fecha: 14 diciembre 2023

Versión: V.2.0