Publicadas modificaciones en los modelos 030, 036 y 037

Se publica en el BOE del 9 de enero la Orden HAC/1526/2024, de 11 de diciembre, por la que se introducen modificaciones en el modelo 036 y en el modelo 030, y por la que se suprime el modelo 037.

Con entrada en vigor el 3 de febrero de 2025 y siendo aplicación por primera vez a los modelos 030 y 036 que se presenten a partir de dicha fecha, se hace público en el BOE del 9 de enero la Orden HAC/1526/2024, de 11 de diciembre, por la que se modifican la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 de Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, y la Orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 030 de Declaración censal de alta en el Censo de obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales, que pueden utilizar las personas físicas, se determinan el lugar y forma de presentación del mismo.

Por lo que se refiere a las modificaciones introducidas en el modelo 036, en primer lugar cabe citar que la Ley 13/2023, de 24 de mayo, por la que se modifican la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en transposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo de 22 de marzo de 2021, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, y otras normas tributarias, modificó el artículo 93 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, estableciendo que las personas jurídicas o entidades deben comunicar a la Administración Tributaria la identificación de los titulares reales de las mismas.

En desarrollo de la obligación de información recogida en la ley anteriormente mencionada, el Real Decreto 117/2024, de 30 de enero, por el que se desarrollan las normas y los procedimientos de diligencia debida en el ámbito del intercambio automático obligatorio de información comunicada por los operadores de plataformas, y se modifican el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, en transposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo de 22 de marzo de 2021 por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, y otras normas tributarias, ha introducido como nuevo dato a comunicar en el Censo de Obligados Tributarios la titularidad real de las personas jurídicas y entidades.

Con objeto de hacer posible el cumplimiento de esta nueva obligación de información, se introduce en el modelo 036 la nueva página 10 destinada a la identificación de los titulares reales de las personas jurídicas y entidades.

Por otra parte, también respecto del modelo 036, el Real Decreto 117/2024, de 30 de enero, modifica la letra u) del apartado 2 del artículo 10 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, para establecer que la solicitud de rehabilitación del número de identificación fiscal se efectuará a través de la declaración de modificación del Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Por ello, se introduce en el modelo 036 una nueva casilla para indicar este nuevo motivo de presentación.

Además, para las entidades en proceso de liquidación, se introduce en el modelo 036 una nueva casilla que deberán cumplimentar en caso de solicitud de la rehabilitación del número de identificación fiscal.

Por lo que se refiere al modelo 037 este se suprime. La supresión de este modelo se justifica por los avances en la presentación electrónica y el desarrollo de nuevas herramientas que facilitan la asistencia al contribuyente, permitiendo que las funcionalidades del modelo 037 se integren en el modelo 036.

Por último, respecto al modelo 030 se sustituye el anexo de la Orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, por el anexo II contenido en esta orden publicada en el BOE del 9 de enero de 2025.

 

Fuente: Iberley

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