Convocada la prueba de evaluación para el ejercicio de la abogacía 2025

Se publica en el BOE la Orden PJC/233/2025, de 7 de marzo, por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la abogacía para el año 2025, en virtud de lo dispuesto por la Ley 34/2006, de 30 de octubre sobre el acceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura y en el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, sobre el acceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura.

Un año más, la experiencia adquirida con respecto a la planificación e implantación de la prueba en la modalidad online en las últimas convocatorias, junto con el alto grado de satisfacción obtenido en relación a la ejecución y desarrollo de las mismas, aconsejan que las pruebas de acceso a la abogacía se realicen de nuevo en dicha modalidad online de manera simultánea.

Los requisitos que deben reunir los candidatos para poder concurrir a la prueba son los siguientes:

  • Estar en posesión del título de Licenciado/a en Derecho, Grado en Derecho u otro título universitario de grado equivalente.
  • Haber superado los cursos de formación comprensivos del conjunto de competencias necesarias para el ejercicio de la Abogacía o quienes hayan superado actividades formativas para el acceso a esa profesión y a la Procura, durante el periodo de vigencia del Real Decreto 64/2023 y el período de prácticas externas tuteladas.
  • Ser mayor de edad y no estar inhabilitado para el ejercicio de la profesión de la abogacía.

La solicitud de la inscripción se presentará telemáticamente a través de la sede electrónica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, utilizando Cl@ve como sistema de identificación electrónica de los aspirantes. El plazo de presentación de dichas solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOE.

En el formulario de solicitud de inscripción deben constar los siguientes elementos:

 

  • Una cuenta de correo electrónico personal e intransferible que servirá para realizar la prueba.
  • La especialidad jurídica para las materias específicas elegida entre las cuatro posibles: materia civil y mercantil, materia penal, materia administrativa y contencioso-administrativa y materia laboral; no pudiendo ser modificada con posterioridad.
  • El compromiso durante la celebración de la prueba de respetar las normas de la misma, a no consultar en ningún momento textos legales ni manuales jurídicos, así como tampoco ningún otro documento o dispositivo electrónico de apoyo, ni servirse del auxilio de persona alguna, desde el inicio del ejercicio hasta el final del mismo.
  • La prueba de aptitud podrá ser realizada en castellano o en cualquiera de las lenguas cooficiales autonómicas, a libre elección de la persona aspirante.
  • La elección sobre la expedición del título profesional conforme a lo dispuesto en el apartado 16 de la convocatoria.
  • Una fotografía tamaño carné en un archivo JPG que llevará por nombre el número de DNI, NIE o pasaporte, a los solos efectos de acreditar la identidad de la persona aspirante.

La participación en la prueba tendrá carácter gratuito y se establecen medidas que garantizan la igualdad de acceso para aquellas personas con discapacidad.

En cuanto al desarrollo de la prueba, la evaluación consistirá en una prueba escrita de contenido teórico práctico con respuestas múltiples cuyo contenido se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de publicación de la presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor, y tendrá una duración de tres horas.

La prueba se divide en dos partes. La primera parte será la parte común y consiste en 50 preguntas más seis preguntas de reserva sobre las materias que figura en el apartado A del anexo de la convocatoria, correspondiente a las «Materias comunes al ejercicio de la profesión de la Abogacía». La duración de la primera parte es de dos horas. La segunda parte se corresponde con la parte específica y consiste en 25 preguntas más dos preguntas de reserva, según la especialidad elegida, sobre las materias que figuran en el apartado B «Materias específicas» del anexo de la convocatoria. La duración de la prueba específica es de una hora.

La calificación final de la prueba será de apto o no apto, resultando de la media ponderada entre el 70 % de la calificación obtenida en la prueba de evaluación y el 30% de la nota obtenida en el máster. Para la obtención de la calificación de apto será necesario obtener una nota igual o superior al 50 % de la media ponderada de ambas calificaciones en base 10, esto es, 5 puntos. Aquellas personas aspirantes que no hayan obtenido la calificación de apto podrán presentar una solicitud de revisión, a los efectos de subsanar exclusivamente posibles errores materiales en la corrección, en el plazo de tres días hábiles, desde la fecha en que se publiquen las calificaciones definitivas

Los resultados se publicarán en la sede electrónica del Ministerio y los títulos profesionales serán expedidos electrónicamente por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. Los títulos profesionales de la abogacía de los aspirantes que hubieran solicitado la expedición de su título por las Comunidades Autónomas de Andalucía o Cataluña, serán expedidos por los órganos competentes de dichas Comunidades Autónomas.

Fuente: Iberley

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