Autónomos: la AEAT amplía el plazo para tributar por módulos hasta el 31 de enero

Hacienda ha introducido un cambio significativo para los autónomos que tributan en el régimen de módulos.  Una modificación de plazos que ya se había exigido con anterioridad para el régimen de módulos y estimación directa, y que la AEAT ha decidido ampliar de cara a 2025.

De este modo, el plazo para renunciar al sistema de módulos o, al contrario, incorporarse a él se amplía a partir de este ejercicio fiscal hasta el 31 de enero del año en curso. Un ajuste que pretende ofrecer una mayor flexibilidad a los contribuyentes, que podrán evaluar su situación con más tiempo y decidir qué sistema les resulta más conveniente.

¿Qué es el régimen de módulos?

El régimen de módulos es un sistema de tributación simplificada destinado a pequeños negocios y autónomos. En este modelo, los impuestos no se calculan en función de los ingresos reales, sino mediante una estimación basada en una serie de parámetros, como el tamaño del local, el número de empleados o el consumo energético.

Así, este enfoque reduce las obligaciones formales, como la necesidad de llevar una contabilidad detallada que sí exige el sistema de estimación directa del IRPF, pero no siempre resulta ventajoso para todos los contribuyentes.

Además, la tributación por módulos está en el ojo del huracán, y podría desaparecer antes de 2030, debido a que Hacienda lo considera un posible foco de blanqueo de capitales, si bien permite un mejor control de los impuestos para el pequeño negocio y una simplificación fiscal.

Nuevas condiciones

Hasta ahora, los autónomos que querían renunciar al régimen de módulos debían comunicar su decisión a Hacienda antes del 31 de diciembre del año previo. Con la nueva normativa, este plazo se extiende al 31 de enero del año en curso. Lo mismo ocurre para quienes deseen reincorporarse al sistema tras haber renunciado.

Sin embargo, es crucial tener en cuenta que, una vez tomada la decisión de renunciar al régimen de módulos, el contribuyente estará obligado a permanecer fuera de él durante, al menos, tres años fiscales consecutivos. Pasado este periodo, podrá evaluar si retornar al sistema de módulos es beneficioso para su actividad.

Asimismo, en el actual clima de incertidumbre, es probable que esta decisión se tope con otras modificaciones clave, en especial, si la AEAT está valorando modificar o eliminar el sistema de módulos antes de 2030.

Estimación: objetiva o directa

El régimen de módulos puede ser muy ventajoso para actividades con bajos ingresos reales y pocos gastos deducibles, ya que los costes a pagar pueden ser inferiores a los que resultarían en el régimen de estimación directa. Además, simplifica la gestión administrativa al no requerir una contabilidad detallada.

Por otro lado, quienes tengan gastos elevados o ingresos variables suelen preferir y sacar mayor partido al régimen de estimación directa.

También es importante considerar que cambiar de un sistema a otro no es una decisión que pueda revertirse con facilidad, ya que las restricciones temporales pueden limitar la flexibilidad del contribuyente.

En conclusión, la ampliación del plazo para renunciar o volver al régimen de módulos es una medida que ofrece a los autónomos más tiempo para analizar su situación fiscal y tomar decisiones más informadas. El objetivo aquí deberá ser valorar con calma las implicaciones de cada forma de tributación, teniendo en cuenta la naturaleza de la actividad económica y las obligaciones tributarias asociadas.

 

Fuente: Pymes y Autónomos

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