Las horas extras se presumen realizadas si la empresa carece de registro de jornada

Las empresas que carecen del registro horario de jornada lo tienen más difícil para negar la existencia de horas extraordinarias tras la última reforma laboral y la novísima jurisprudencia de los tribunales.

En una reciente sentencia, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Baleares ha reconocido el derecho de un camarero a cobrar las horas extraordinarias porque el restaurante carecía del registro de jornada impuesto desde 2019 en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores. Los jueces recuerdan en su resolución la jurisprudencia de otras salas de apelación.

Un camarero de Ibiza despedido a finales de octubre de 2021 –el establecimiento cierra durante el invierno- reclamó ante el juzgado de lo social que se le abonaran junto al finiquito las horas extraordinarias trabajadas, petición que fue denegada en una primera sentencia por la jueza.

Según se relata en la sentencia, la empresa sólo llevó a cabo el registro de jornada de los trabajadores durante el mes de marzo sin que constara que realizase este trámite durante el resto de los meses. El camarero afirmó que entraba a trabajar a las 13 horas y finalizaba su periodo laboral a las dos de la madrugada del día siguiente.

Ante la falta de registro horario, el empleado aportó como testigo la declaración del cocinero del restaurante que corroboró que el camarero entraba a las 13 horas y seguía trabajando a las 23 horas cuando el personal de cocina acababa su jornada.

En la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares, los magistrados entienden -al igual que la mayoría de salas de suplicación de los TSJ- que “el incumplimiento empresarial de la obligación de registro de jornada, establecida para controlar y acreditar la posible realización de horas extraordinarias, determina que debe establecerse la presunción de su realización si se aportan indicios en tal sentido”, como así ha realizado el camarero demandante.

Nueva carga de la prueba

El Estatuto de los Trabajadores, tras la reforma realizada mediante el Real Decreto Legislativo 8/2019 de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, realiza una nueva regulación de la carga de la prueba en materia de horas extraordinarias.

La finalidad de esta reforma ha sido “crear un marco de seguridad jurídica tanto para las personas trabajadoras como para las empresas y de posibilitar el control por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social”, como se recoge en la normativa.

Por ello, los tribunales han modificado la doctrina de suplicación mediante una revisión y actualización de los criterios jurisprudenciales aplicados.

La normativa establece que la empresa tiene que garantizar el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización del periodo de trabajo de cada empleado, sin perjuicio de la flexibilidad horaria.

La organización y documentación de este control se debe realizar mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores.

Para realizar el cómputo de horas extraordinarias, la jornada de cada trabajador se registrará día a día y se totalizará en el periodo fijado para el abono de las retribuciones, entregando copia del resumen al trabajador en el recibo correspondiente.

La ley obliga a la empresa, como última condición, a conservar estos registros durante cuatro años y a permanecer a disposición de los trabajadores, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Los magistrados de Baleares, recordando sentencias de los TSJ de Cataluña, Galicia y Valencia, reconocen que “no cumplir por el empresario su obligación de registro horario supone la existencia de una presunción a favor de la persona trabajadora, considerándose suficiente que se aporte un indicio de prueba de la realización de las horas extraordinarias, correspondiendo a la empresa acreditar que no se hicieron en todo o en parte las horas extras reclamadas o que han sido debidamente compensadas con descansos”.

Por tanto, la no aportación por la empresa de este registro diario, predispone a los tribunales a considerar que “concurren indicios suficientes para establecer la presunción de la realidad de las horas extraordinarias reclamadas”.

La sentencia también reconoce como indicio de haber realizado horas extras que el restaurante cierre los lunes y que tratándose de un pequeño negocio con turno partido único atendido por los mismos trabajadores “ya denota un exceso de jornada sólo por esta razón”.

Además, los magistrados aseguran que el exceso diario de jornada es “consubstancial en un pequeño restaurante de temporada, y más -como es público y notorio- en la isla de Ibiza”.

El abogado laboralista Ignasi Beltrán va más allá que los tribunales y asegura en su blog «Una mirada crítica a las relaciones laborales» que en caso de incumplimiento del registro “corresponde acreditarlo íntegramente a la empresa”, como lo ha formulado en su doctrina el Tribunal de Justicia de la UE. Además, cree que no debería exigirse a la persona trabajadora la aportación de indicios de la realización de horas extraordinarias.

 

Fuente: Cinco Días, El País.

Si te ha gustado, comparte:

Apolinar Asesores
Política de cookies

1.  ¿QUÉ SON LAS COOKIES?

Una cookie es un archivo de texto que un servidor web puede guardar en el disco duro de tu equipo para almacenar algún tipo de información sobre ti como usuario. Las cookies se utilizan con diversas finalidades tales como almacenar datos para próximas visitas, para reconocer al usuario y evitar pedir de nuevo la autentificación, para saber que paginas visitas, o para guardar tus preferencias en áreas personalizables...). Normalmente los sitios web utilizan las cookies para obtener información estadística sobre sus páginas web, y analizar el comportamiento de sus clientes/usuarios.

Quedan exceptuadas del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 22.2 de la LSSI las cookies utilizadas para alguna de las siguientes finalidades:

  • Permitir únicamente la comunicación entre el equipo del usuario y la red.
  • Estrictamente prestar un servicio expresamente solicitado por el usuario.

Así, quedan entre las cookies exceptuadas estarían aquellas que tienen por finalidad:

  • Cookies de “entrada del usuario”. Son aquellas que se almacenan en el equipo cuando el usuario introduce información en un sitio web. Por ejemplo, al rellenar un formulario web.
  • Cookies de autenticación o identificación de usuario (únicamente de sesión). Su función es identificar a un usuario cuando éste introduzca sus credenciales al iniciar sesión.
  • Cookies de seguridad del usuario. Son las cookies que detectan problemas o riesgos de seguridad. Por ejemplo, aquellas que detectan intentos erróneos y reiterados de conexión.
  • Cookies de sesión de reproductor multimedia. Permiten reproducir contenido multimedia en las webs que visita el usuario. Por ejemplo, los vídeos que se reproducen automáticamente al entrar en una web están autorizados por este tipo de cookies.
  • Cookies de sesión para equilibrar la carga. Conectan el servidor del sitio web y el del usuario para que la información se pueda transmitir entre ambos.
  • Cookies de personalización de la interfaz de usuario. Son las cookies que recuerdan las preferencias de los usuarios durante la navegación por una web. Por ejemplo, el idioma; el navegador elegido; etc.
  • Determinadas cookies de complemento (plug-in) para intercambiar contenidos sociales. Se utilizan cuando el usuario visita redes sociales a través de una web. Por ejemplo, al compartir en redes sociales el artículo de una web.

Los usos concretos que hacemos de estas tecnologías se describen en los siguientes apartados.

2.  TIPOS DE COOKIES

Las cookies pueden clasificarse según los siguientes criterios:

Según quien instala la cookie, éstas pueden ser:

Cookies propias: Son aquéllas que se envían al equipo terminal del usuario desde un equipo o dominio gestionado por el propio editor y desde el que se presta el servicio solicitado por el usuario.

Cookies de terceros: Son aquéllas que se envían al equipo terminal del usuario bien desde un desde un equipo o dominio gestionado por nosotros o por un tercero, pero la información que se recoja de las cookies es gestionada por un tercero distinto del titular de la web.

Según su plazo de conservación, las cookies pueden ser:

Cookies de sesión: Son aquellas que duran el tiempo que el usuario está navegando por la página Web y se borran cuando finaliza la navegación.

Cookies persistentes: Quedan almacenadas en el terminal del usuario, por un tiempo más largo, facilitando así el control de las preferencias elegidas sin tener que repetir ciertos parámetros cada vez que se visite el sitio Web.

Según su finalidad, las cookies pueden ser:

Cookies técnicas: Las cookies técnicas son aquellas imprescindibles y estrictamente necesarias para el correcto funcionamiento de un sitio Web y el uso de las diversas opciones y servicios que ofrece. Por ejemplo, las de mantenimiento de sesión, las que permiten utilizar elementos de seguridad, compartir contenido con redes sociales, etc.

Cookies de personalización: Permiten al usuario escoger o personalizar características de la página Web como el idioma, configuración regional o tipo de navegador.

Cookies analíticas: Son las utilizadas por los portales Web, para elaborar perfiles de navegación y poder conocer las preferencias de los usuarios con el fin de mejorar la oferta de productos y servicios. Permiten controlar áreas geográficas de mayor interés de un usuario, la información de la web de más aceptación, etc.

Cookies publicitarias / de publicidad: son aquellas que almacenan información del comportamiento de los usuarios obtenida a través de la observación continuada de sus hábitos de navegación, lo que permite desarrollar un perfil específico para mostrar publicidad en función de este.

3.    COOKIES UTILIZADAS EN NUESTRA WEB

apolinarasesores.es utiliza los siguientes tipos de cookies en la web:

Cookies técnicas

Permiten al usuario navegar por la Web, y usar funcionalidades de la web.

Cookies de análisis

Utilizamos cookies de Google Analytics para cuantificar el número de usuarios que visitan la Web. Estas cookies permiten medir y analizar la forma en que los usuarios navegan por la Web. Esta información permite a SAMUEL JESUS DELGADO MENDEZ mejorar continuamente sus servicios y la experiencia de los usuarios de la Web. Para obtener más información, puedes consultar la página de privacidad de Google Analytics: https://developers.google.com/analytics/devguides/collection/analyticsjs/cookie-usage

Cookies publicitarias y publicitarias comportamentales

Estas cookies son utilizadas para mostrar anuncios relevantes para los usuarios en función del uso que realicen de nuestra web. Además, limitan el número de veces que cada usuario visualiza un anuncio y ayudan a SAMUEL JESUS DELGADO MENDEZ a medir la efectividad de sus campañas publicitarias. Al navegar por la Web, el usuario acepta instalemos este tipo de cookies en su dispositivo y realicemos consultas cuando el usuario visite la Web de SAMUEL JESUS DELGADO MENDEZ en el futuro.

 

Cookies instaladas en nuestro dominio web:

Nombre de la cookie Finalidad Propia/ de terceros Duración ¿Cuándo se instala?
_ga Cookie analítica de GOOGLE Analytics que se usa para distinguir a los usuarios Terceros 2 años Cuando se aceptan las cookies
_gid Cookie analítica de GOOGLE Analytics que se usa para distinguir a los usuarios Terceros 24 horas Cuando se aceptan las cookies
_ga_* Cookie analítica de GOOGLE Analytics para almacenar y contar páginas vistas Terceros 1 año Cuando se aceptan las cookies

Esta web, como la mayoría de sitios web, incluye funcionalidades proporcionadas por terceros.

Nuestra web es una web viva y se pueden incluir nuevos diseños o servicios de terceros. Esto puede modificar ocasionalmente la configuración de cookies y que aparezcan cookies no detalladas de forma pormenorizada en la presente política.

4.    INFORMACIÓN Y OBTENCIÓN DEL CONSENTIMIENTO PARA LA INSTALACIÓN

apolinarasesores.es ha procurado el establecimiento de mecanismos adecuados para la obtención del consentimiento del usuario en relación con las cookies no estrictamente necesarias. Esto incluye a las cookies analíticas o de medición, que no se instalarán salvo aceptación expresa del usuario.

Con el acceso a nuestra web, aparece un pop-up en el que se informa de todos los detalles acerca de las cookies; ofreciendo una aceptación granular de éstas.

Los usuarios no tendrán que dar su consentimiento cada vez que visiten la web. Conservaremos su consentimiento y preferencias de cookies durante el plazo máximo de 24 meses. Antes de que transcurra dicho plazo le solicitaremos la renovación de su consentimiento en relación con las cookies.

5.    ¿CÓMO PUEDO IMPEDIR LA INSTALACIÓN DE COOKIES?

El usuario puede rechazar la instalación de todas aquellas cookies, según sus preferencias, salvo aquellas que autorice expresamente o las que son de perfil técnico y deben ser instaladas para garantizar el funcionamiento correcto de la página web,  señalando las que desee instalar o rechazar en el pop-up o ventana de aceptación de cookies que aparece al ingresar en la home. No obstante, existen otras formas de evitar que se instalen cookies en el equipo, como les indicamos a continuación.

El usuario puede configurar su navegador para aceptar, o no, las cookies que recibe o para que el navegador le avise cuando un servidor quiera guardar una cookie. Si se deshabilitan algunas cookies técnicas no se garantiza el correcto funcionamiento de algunas de las utilidades de la web.

El usuario podrá excluir que se almacenen en su terminal las cookies "analíticas y publicitarias” de Google Analytics mediante los sistemas de exclusión facilitados por Google Analytics.

A continuación, también le facilitamos algunos ejemplos de cómo deshabilitar las cookies:

  1. Mediante la configuración del propio navegador:

Para ampliar esta información acuda a la página de la Agencia Española de Protección de Datos que ayuda a configurar la privacidad en redes sociales, navegadores y sistemas operativos móviles. Más información.

  1. Mediante herramientas de terceros:

Existen herramientas de terceros, disponibles online, que permiten a los usuarios detectar las cookies en cada sitio web que visita y gestionar su desactivación, por ejemplo:

http://www.ghostery.com

http://www.youronlinechoices.com/es/

En todo caso, el usuario puede permitir o bloquear las cookies, así como borrar sus datos de navegación (incluidas las cookies) desde el navegador que utiliza. Consulte las opciones e instrucciones que ofrece su navegador para ello. Tenga en cuenta que si acepta las cookies de terceros, deberá eliminarlas desde las opciones del navegador.

6.     ENLACES A OTROS SITIOS WEB

Si opta por abandonar nuestro sitio Web a través de enlaces a otros sitios Web no pertenecientes a nuestra entidad, no nos haremos responsables de las políticas de privacidad de dichos sitios Web ni de las cookies que estos puedan almacenar en el ordenador del usuario.

7.    ¿CÓMO RECOPILAMOS Y USAMOS LAS DIRECCIONES IP?

Los servidores de la Web podrán detectar de manera automática la dirección IP y el nombre de dominio utilizados por los usuarios.

Una dirección IP es un número asignado automáticamente a un ordenador cuando éste se conecta a Internet. Esta información permite el posterior procesamiento de los datos con el fin de saber si ha prestado su consentimiento para la instalación de cookies, realizar mediciones únicamente estadísticas que permitan conocer el número de visitas realizadas a la Web, el orden de visitas, el punto de acceso, etc.

8.     TRANSFERENCIA INTERNACIONAL DE DATOS

Las cookies instaladas en nuestro dominio web se instalan en nuestro servidor por lo que los datos en ellas recogidos no son sometidos a transferencias internacionales de datos.

9.    ACTUALIZACIÓN DE NUESTRA POLÍTICA DE COOKIES

Esta política se revisa periódicamente para asegurar su vigencia, por lo que puede ser modificada. Le recomendamos que visite la página con regularidad donde le informaremos de cualquier actualización al respecto.

 

Fecha: 14 diciembre 2023

Versión: V.2.0