Dudas más habituales sobre la nueva factura electrónica y los programas de facturación

La factura electrónica dejará pronto de ser una opción voluntaria para convertirse en una obligación. Así lo ha confirmado la Agencia Tributaria, que está empezando a responder a dudas concretas por parte de los colegios de gestores administrativos y graduados sociales.

En estos momentos, falta la publicación definitiva del reglamento, pero el proceso de implantación está en marcha y afecta a todos los autónomos y pequeñas empresas. Ante la complejidad del cambio y la incertidumbre a su alrededor, Hacienda ha detallado algunos puntos clave como el funcionamiento de la plataforma pública hasta el papel que jugarán los asesores y los requisitos técnicos mínimos.

Claves de la factura electrónica

Entre los puntos clave que ya conocemos está su obligatoreidad, su compatibilidad con plataformas privadas y sistemas de protección de datos y el soporte técnico y formativo.

  • Será obligatoria para todos. Una vez aprobado el reglamento, todas las empresas y autónomos deberán emitir facturas electrónicas. No habrá excepciones por volumen de facturación o tamaño del negocio.
  • Plataforma pública gratuita. Hacienda está desarrollando una herramienta oficial, sin coste, que permitirá emitir y recibir facturas. Estará disponible para su uso desde móviles, ordenadores o tablets, lo cual será clave para su integración global en el sistema.
  • Compatible con plataformas privadas. De igual modo, las empresas que utilizan ya un software de facturación podrán mantenerlo. El sistema público será interoperable con soluciones privadas para facilitar la transición, lo que es una gran noticia.
  • Alta seguridad. Se han prometido estándares de protección de datos y cifrado en todas las comunicaciones. Esto incluye el envío, recepción y almacenamiento de las facturas.
  • Soporte técnico y formación. Desde la Administración, se ofrecerán manuales, tutoriales y asistencia personalizada para ayudar a autónomos y pequeñas empresas a adaptarse al nuevo modelo.

Preguntas frecuentes y respuestas claras

Estas semanas, varias preguntas han sobrevolado el aire, a la espera de que los plazos exactos para la implementción se vayan cerrando. La ley está aprobada, pero la entrada en vigor de la obligación de emitir factura electrónica dependerá de la publicación del reglamento que la desarrolla. A partir de ese momento, comenzará un calendario progresivo de aplicación según el tamaño de la empresa: las que facturan más de 8 millones de euros al año tendrán un año para adaptarse, mientras que el resto de autónomos y pequeñas empresas dispondrán de dos años desde esa misma fecha.

Además, los autónomos contarán con un plazo adicional de un año para cumplir con la obligación de informar sobre el estado de las facturas (pagadas, rechazadas, vencidas…).

¿Qué pasa si soy autónomo y no tengo conocimientos tecnológicos?
La plataforma pública estará diseñada para ser sencilla y usable desde cualquier dispositivo. Además, se ha confirmado que habrá formación específica para colectivos con menos experiencia digital.

¿Podré usar mi software habitual?
Sí. Hacienda asegura que las plataformas privadas podrán seguir usándose siempre que sean compatibles, lo cual será una prioridad para los desarrolladores en los próximos meses, como es lógico. Se facilitarán especificaciones técnicas para que no haya errores de integración.

¿Cómo afectará esto a los gestores y asesores?
Los profesionales del sector podrán gestionar las facturas de sus clientes a través de la plataforma, siempre que cuenten con su autorización. Se están diseñando accesos y herramientas específicas para ellos.

¿Qué pasa si me equivoco al emitir una factura?
El sistema incluirá procedimientos para la anulación o rectificación de facturas electrónicas, similares a los actuales, pero de forma digital. Esto será especialmente útil para evitar sanciones por errores formales.

¿Cuándo entrará en vigor la obligación?
Todavía no hay fecha definitiva, pero se espera que el reglamento se apruebe en los próximos meses. La Agencia Tributaria publicará un calendario oficial con los plazos y fases de implantación.

Fuente: Pymes y Autónomos

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