Calendario del contribuyente del mes de febrero de 2025

Como cada mes, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) recuerda a los contribuyentes las obligaciones fiscales que tendrán que cumplimentar a lo largo del mes de febrero de 2025.

A punto de terminar este primer mes del año, cargado de obligaciones y plazos tributarios, la Agencia Estatal de Administración Tributaria nos recuerda las obligaciones fiscales que los contribuyentes tendrán que cumplimentar en febrero de 2025:

Hasta el 12 de febrero

INTRASTAT – Estadística Comercio Intracomunitario

  • Enero 2025. Obligados a suministrar información estadística.

Hasta el 20 de febrero

Renta y Sociedades

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las Instituciones de Inversión Colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas y, de rentas de no residentes obtenidas sin establecimiento permanente.

  • Enero 2025. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230.

Número de Identificación Fiscal

  • Cuarto trimestre 2024. Declaración trimestral de cuentas y operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las entidades de crédito: 195.
  • Declaración anual 2024. Identificación de las operaciones con cheques de las entidades de crédito: 199.

Impuesto sobre el Valor Añadido

  • Enero 2025. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349.
  • Solicitud de devolución por sujetos pasivos en el régimen simplificado del IVA y que ejerzan la actividad de transporte de viajeros o de mercancías por carretera, por adquirir determinados medios de transporte: 308.

Subvenciones, indemnizaciones o ayudas de actividades agrícolas, ganaderas o forestales

  • Declaración anual 2024: 346.

Impuesto sobre las Primas de Seguro

  • Enero 2025: 430.

Impuestos Especiales de Fabricación

  • Noviembre 2024. Grandes empresas: 561, 562, 563.
  • Enero 2025: 548, 566, 581.
  • Cuarto trimestre 2024. Excepto grandes empresas: 561, 562, 563.
  • Declaración de operaciones por los destinatarios registrados y representantes fiscales: 510.

Impuesto Especial sobre la Electricidad

  • Enero 2025. Grandes empresas: 560.

Impuestos Medioambientales

  • Enero 2025. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación: 592.
  • Año 2024. Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Cuarto pago fraccionado: 583.

Impuesto sobre las Transacciones Financieras

  • Enero 2025: 604.

Hasta el 28 de febrero

Impuesto sobre el Valor Añadido

  • Enero 2025. Autoliquidación: 303.
  • Enero 2025. Grupo de entidades, modelo individual: 322.
  • Enero 2025. Grupo de entidades, modelo agregado: 353.
  • Enero 2025. Ventanilla única – Régimen de importación: 369.
  • Enero 2025. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380.

Impuesto sobre Sociedades

  • Entidades cuyo ejercicio coincida con el año natural: opción/renuncia a la opción para el cálculo de los pagos fraccionados sobre la parte de base imponible del período de los tres, nueve u once meses de cada año natural: 036.
  • Si el período impositivo no coincide con el año natural, la opción/renuncia por esta modalidad de pagos fraccionados se ejercerá, en los primeros dos meses de cada periodo impositivo o entre el inicio de dicho periodo impositivo y el fin del plazo para efectuar el primer pago fraccionado, si este plazo es inferior a dos meses: 036.

Impuestos Medioambientales

  • Enero 2025. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Presentación contabilidad y libro registro de existencias.

Declaración anual de consumo de energía eléctrica

  • Año 2024: 159.

Declaración informativa anual de operaciones realizadas por empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o débito

  • Año 2024: 170.

Declaración informativa anual de planes de ahorro a largo plazo

  • Año 2024: 280.

Declaración anual de operaciones con terceras personas

  • Año 2024: 347.

Autoliquidación de la aportación a realizar por los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo y por los prestadores del servicio de intercambio de videos a través de plataforma de ámbito geográfico estatal o superior al de una comunidad autónoma

  • Año 2024: 792.

 

Fuente: Iberley

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