A partir del próximo año, simplificarán las obligaciones fiscales de miles de autónomos y pequeñas empresas

Con los cambios que llegan de Europa, partir de este próximo año, simplificar las obligaciones fiscales de miles de autónomos y pequeñas empresas, que dejarán de estar obligadas a la presentación de los modelos 303 y 390 y, en la mayoría de los casos, tampoco, tendrán por qué incluir el IVA en los productos, por ahora, restringido a algunas actividades y regiones del país.

Esta medida, se basa en la Directiva Europea 2020/285, y permitirá que aquellos trabajadores autónomos y pymes con ingresos menores a 85.000/año puedan verse exentos de la obligación de pagar el IVA.

Cómo funcionará el IVA franquiciado

El Ministerio de Hacienda, liderado por María Jesús Montero, ha anunciado la introducción del régimen de IVA franquiciado a partir de 2025, con ciertos matices importantes que deberemos tener en cuenta.

El IVA franquiciado es un régimen fiscal especial diseñado para reducir la carga administrativa de autónomos y pymes.

Al acogerse, los trabajadores por cuenta propia no estarán obligados a presentar:

  • los modelos 303 (declaraciones trimestrales del IVA)
  • ni el modelo 390 (resumen de IVA anual)

Asimismo, podrán emitir facturas sin incluir el IVA, salvo en casos específicos como ciertas actividades o transacciones intracomunitarias.

Sin embargo, esta exención no es automática. Para acogerse al régimen, los autónomos deberán presentar una Declaración Anual de Ventas, que justificará que sus ingresos están por debajo del límite establecido, fijado en 85.000 euros para operaciones en España y 100.000 euros, si se incluyen actividades dentro de la Unión Europea.

Ventajas y desventajas del IVA franquiciado

A priori, la simplificación fiscal (se eliminan las declaraciones trimestrales y los trámites administrativos, así como el coste asociado a gestoría) y el menor riesgo de sanciones son buenas noticias.

De igual modo, es posible que con un precio de venta al público (PVP) menor, se favorezca la competitividad de precios, mejorando la visión del consumidor de una empresa o un profesional frente a la competencia.

No obstante, en ningún caso se eliminan otras obligaciones fiscales, como las declaraciones de IRPF y la deducción de los gastos.

Además, el IVA franquiciado sí imposibilita la deducción del IVA soportado, por lo que puede ser un problema para trabajadores y, sobre todo, pymes que tengan costes relativamente altos en producto o maquinaria, por ejemplo.

Por último, incluso tras acceder a la opción del IVA franquiciado, el autónomo o la pequeña empresa podrán perder esta ventaja fiscal en tres situaciones distintas: la primera, si se supera el límite de facturación anual (de modo similar a la tarifa plana de las nuevas altas de autónomos durante los dos primeros ejercicios); la segunda, si decide renunciar a ella (por buscar otras ventajas, como desgravarse el IVA sostenido); por último, por cese de actividad.

Simplifica, pero no es para todos

La implementación del IVA franquiciado podría ser un alivio para miles de autónomos con ingresos moderados, pero no será tan sencillo. Por un lado, simplifica las gestiones y mejora la competitividad, pero la imposibilidad de deducir el IVA puede resultar menos atractiva para ciertos perfiles.

El Gobierno avanza en la misma línea que las directivas europeas, pero dependerá de cada autónomo valorar si este sistema se adapta a sus necesidades.

 

Fuente: Pymes y Autónomos

 

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