La Seguridad Social impone una base de 1.000 € a miles de autónomos por no presentar la Renta

Desde la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización por ingresos reales, todos los trabajadores autónomos están obligados a declarar sus rendimientos anuales a través del IRPF. Sin embargo, no todos lo han hecho.

Según datos recientes de la Seguridad Social, más de 324.000 autónomos no presentaron su declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2023. El resultado: la Administración ha regularizado su situación imponiéndoles de oficio una base mínima de cotización de 1.000 euros al mes.

La base (mínima) de cotización

La razón es clara: al no disponer de los ingresos reales del autónomo, la Tesorería General de la Seguridad Social no puede calcular si la base elegida durante el año fue adecuada. Por lo tanto, se aplica automáticamente lo dispuesto en la Orden PCM/74/2023que establece que, en ausencia de declaración o sin rendimientos declarados, la base mínima será de 1.000 euros mensuales.

Como cabría esperar, esta base supone una cuota mensual de 294 € que, en muchos casos, representa un incremento respecto a lo que estos trabajadores autónomos habían cotizado. El proceso de regularización implica abonar la diferencia entre lo pagado y esta nueva base durante todo el año 2023.

Principales afectados

Los perfiles más comunes que se han visto afectados en estos más 324.000 casos son autónomos colaboradores, que en ocasiones no declaran IRPF, y autónomos societarios sin nómina, que no perciben una retribución por ser los administradores de una sociedad. Además, la Seguridad Social ha identificado a otros autónomos que, por desconocimiento o error, no presentaron la Renta pese a estar obligados.

Desde el ejercicio 2023, todos los autónomos deben presentar IRPF independientemente de sus ingresos, según establece el Real Decreto-ley 13/2022.

Consecuencias de no presentar la Renta

Además del recálculo de la base de cotización y la consiguiente deuda con la Seguridad Social, la Agencia Tributaria puede imponer sanciones:

  • Si el resultado de la declaración era a pagar, se aplican recargos entre el 50 % y el 150 % sobre el importe no ingresado.
  • Si el resultado era a devolver, puede imponerse una multa de entre 150 y 200 euros.

Estas sanciones se suman a la obligación de regularizar cuotas atrasadas, lo que en conjunto puede suponer un impacto económico considerable para el autónomo afectado.

Este incumplimiento puede tener consecuencias mayores en próximos ejercicios, como han apuntado distintos medios. Como sabemos, la base de 1.000 € era transitoria para los ejercicios 2023, 2024 y 2025, salvo que se prorrogue en futuras leyes de Presupuestos.

Esto quiere decir que, a partir de 2026, si no se regula otra excepción, se aplicará la base mínima ordinaria del grupo 7 del Régimen General, que ya está fijada en 1.381,20 € para 2025 lo que elevaría la cuota mensual a unos 433 euros y señala la importancia de llevar al día todos estos trámites.

Ante la duda, los pasos a seguir son:

  • Comprobar en Import@ss o en la DEHú si has recibido notificaciones de regularización.
  • Si no has presentado la Renta y estabas obligado, aún puedes regularizar tu situación. La presentación fuera de plazo reduce el riesgo de sanciones graves.
  • Si estás exento por alguna razón (como por el cobro exclusivo de pensiones), asegúrate de tenerlo documentado.

Este es el primer año en el que el cruce de datos entre Hacienda y Seguridad Social se aplica de forma generalizada a todos los autónomos. No presentar la Renta ya no solo tiene implicaciones fiscales, sino también directas sobre tus cuotas y prestaciones.

Con bases impuestas, cuotas recalculadas y sanciones a la vista, conviene actuar con previsión y revisar siempre que tus declaraciones estén en orden. Una vez más, la Seguridad Social ha señalado que la prevención, la declaración puntual y el conocimiento del sistema son claves para evitar sorpresas.

Fuente: Pymes y Autónomos

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